Un matrimonio puede disolverse a través del divorcio y será de común acuerdo o consensuado en caso de que la petición de divorcio la realicen ambos cónyuges o uno con el consentimiento del otro.
El procedimiento a seguir está descrito en el ordenamiento jurídico concretamente en la Ley de Enjuiciamiento Civil.
El primer paso que debe realizar la pareja que pretenda el divorcio de manera conjunta o uno con el consentimiento del otro es la presentación del escrito de demanda acompañado de una serie de anexos: la certificación de la inscripción del matrimonio y en caso de existencia de hijos, la inscripción del nacimiento de estos en el Registro Civil.
Al mismo se deberá adjuntar una propuesta del convenio regulador así como el acuerdo al que hayan llegado en el procedimiento de mediación familiar si lo ha habido.
Admitida la solicitud de separación o divorcio, el Secretario judicial citará a los cónyuges para que ratifiquen la solicitud con las medidas establecidas en el convenio regulador para apreciar la procedencia de aprobar la propuesta de convenio regulador.
Tras este trámite el tribunal dictará sentencia concediendo o denegando la separación o el divorcio y pronunciándose, en su caso, sobre el convenio regulador.